Son las exenciones de tierra pertenecientes al ejido delimitadas o definidas que han sido adjudicadas o en forma individual o colectiva a miembros del núcleo de población, a quienes les pertenece el derecho de su aprovechamiento, uso y usufructos, e incluso el de disposición, sin mas limitaciones que las que marca la ley. estos derechos se encuentran amparados con los certificados de posesión correspondientes o con la resolución de los tribunales agrarios.
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